Micelio

Artículo 30

Funciones Del Consejo Superior De Aeronáutica Civil

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Consejo Superior de Aeronáutica Civil. Las funciones del Consejo Superior de Aeronáutica Civil, serán las siguientes

1.

Estudiar y proponer al Gobierno políticas en materia de aviación Civil.

2.

Estudiar los planes y programas que le presente a su consideración el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

3.

Emitir concepto sobre los asuntos especiales que le someta a consideración el Gobierno:

4.

Conceptuar sobre los tratados públicos relacionados con la Aeronáutica Civil y proponer al Gobierno la denuncia de aquellos que considere contrarios al interés Nacional.

5.

Darse su propio reglamento.

6.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2724 de 1993