Micelio

Artículo 2

Decreto 1463 de 1902 · Por el cual se restablece la circulación de unas especies postales, y se crea una junta especial para verificar la existencia y clasificación de esas especies

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Créase una Junta especial ad honorem de tres individuos, que designará el Director general de Correos y Telégrafos, para que tome razón de las especies postales mencionadas con expresión de su clase y valor, á fin de que aquel empleado las ponga á disposición del Sr. Director de la Litografía Nacional para los efectos del artículo anterior. El Director de la expresada Litografía tendrá el término de treinta días, á contar desde la fecha en que las reciba, para devolver dichas especies á la Dirección general de Correos y Telégrafos con la marca de habilitación en referencia. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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