El juez deberá decretar la detención preventiva del quebrado y demás indicados de cualquiera de los delitos anteriormente descritos cuando se cumplan las condiciones exigidas para ello por él Código de Procedimiento Penal.
Decreto 2264 de 1969 →Vigente
Artículo 88
El Juez Deberá Decretar La Detención Preventiva Del Quebrado Y Demás Indicados De Cualquiera De Los Delitos Anteriormente Descritos Cuando Se Cumplan Las Condiciones Exigidas Para Ello Por Él Código De Procedimiento Penal
Decreto 2264 de 1969 · Por el cual se expide y pone en vigencia el Título de Concordato Preventivo y Quiebra del Proyecto de Código de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.