Serán accionistas, del Banco: la Nación, los Departamentos que tengan a bien tomar parte en la operación y la entidad bancaria nacional o extranjera cuyo concurso pueda obtener el Gobierno y que aporte al Banco un capital por lo menos de dos millones de pesos ($ 2.000,000) de oro sin perjuicio de que los Municipios y las personas naturales o jurídicas puedan suscribir las acciones que a bien tengan.
Si no se obtuviere el concurso de una entidad particular en las condiciones expresadas, el Banco se fundará con la Nación, Los Departamentos que quieran ser accionistas y los particulares, si los hubiere.