Micelio

Artículo 6

El Patrimonio De La Corporación Estará Integrado Así: Por Las Sumas Que Le Corresponden Como Participación En El Impuesto A La Gasolina, De Conformidad Con El Decreto 3289 De 1963; Por Las Sumas Que Llegaren A Destinarse En El Presupuesto Nacional; Por Los Aportes De Las Empresas Transportadoras Y Por Las Cantidades Que Las Mismas Paguen Como Precio A Sus Servicios Y Por Los Dineros Que La Corporación Adquiera A Cualquier Título

Decreto 558 de 1964 · Por el cual se crea la Corporación Financiera del Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Patrimonio de la Corporación estará integrado así: Por las sumas que le corresponden como participación en el impuesto a la gasolina, de conformidad con el Decreto 3289 de 1963; por las sumas que llegaren a destinarse en el Presupuesto Nacional; por los aportes de las empresas transportadoras y por las cantidades que las mismas paguen como precio a sus servicios y por los dineros que la Corporación adquiera a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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