°. El Patrimonio de la Corporación estará integrado así: Por las sumas que le corresponden como participación en el impuesto a la gasolina, de conformidad con el Decreto 3289 de 1963; por las sumas que llegaren a destinarse en el Presupuesto Nacional; por los aportes de las empresas transportadoras y por las cantidades que las mismas paguen como precio a sus servicios y por los dineros que la Corporación adquiera a cualquier título.
Decreto 558 de 1964 →Vigente
Artículo 6
El Patrimonio De La Corporación Estará Integrado Así: Por Las Sumas Que Le Corresponden Como Participación En El Impuesto A La Gasolina, De Conformidad Con El Decreto 3289 De 1963; Por Las Sumas Que Llegaren A Destinarse En El Presupuesto Nacional; Por Los Aportes De Las Empresas Transportadoras Y Por Las Cantidades Que Las Mismas Paguen Como Precio A Sus Servicios Y Por Los Dineros Que La Corporación Adquiera A Cualquier Título
Decreto 558 de 1964 · Por el cual se crea la Corporación Financiera del Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.