Capa. De color gris plomo, amplia, con cuello de paño azul marino, de diez centímetros de ancho, cerrado al frente por medio de un broche, y forrado con paño color distintivo del arma. En la parte delantera de la capa van cinco botones dorados pequeños; por dentro, un bolsillo en el lado izquierdo. Las vueltas o vistas, forradas con seda gris. Los grados se marcan en las puntas del cuello, así: Generales, el distintivo del grado en forma horizontal; Oficiales superiores, con la faja de paño, de cinco centímetros de largo y uno de ancho, colocada horizontalmente; Capitanes, con las estrellas agrupadas en triángulo; Tenientes, con las estrellas en situación horizontal. La capa sólo se usará fuera de las formaciones con tropa.
Decreto 333 de 1937 →Vigente
Artículo 13
Capa
Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.