Micelio

Artículo 1

Decreto 497 de 1951 · Por la cual se dictan unas disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Señálase un período fijo de cuatro años de duración en el ejercicio de sus funciones a quienes desempeñan los siguientes cargos: Director del Instituto Nacional de Radium de Bogotá. Director del Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez. de Bogotá. Director del Instituto de Higiene Social de Cali. Director del Instituto de Higiene Social de Ibagué. Director del Instituto de Higiene Social de Bucaramanga. Director del Instituto de Enfermedades Tropicales Roberto Franco , de Villavicencio. Médico Director del Hospital-Sanatorio Santa Clara, de Bogotá. Médico Jefe del Hospital-Sanatorio La María de Medellín. Médico Jefe del Laboratorio B.C.G. de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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