Micelio

Artículo 65

El Parque Automotor No Podrá Estar Por Fuera De Los Límites De La Capacidad Transportadora Máxima O Mínima Fijada A La Empresa De Transporte, Sin Previa Aprobación De La Autoridad Distrital O Municipal Competente

Decreto 1787 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Colectivo Municipal de Pasajeros y Mixto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 65. El parque automotor no podrá estar por fuera de los límites de la capacidad transportadora máxima o mínima fijada a la empresa de transporte, sin previa aprobación de la autoridad distrital o municipal competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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