Micelio

Artículo 10

Decreto 1505 de 1987 · por el cual se reglamenta el Sistema Salarial de Evaluación por Méritos para Instructores y Supervisores -SSMIS- del SENA, establecido por el Decreto-ley número 187 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

-CLASES DE EXPERIENCIA. La experiencia puede ser técnica y / o pedagógica; para su análisis y evaluación se tendrá en cuenta lo siguiente

a)

La experiencia técnica se refiere a la aplicación de conocimientos en el campo de trabajo directamente relacionada con los contenidos de formación que oriente el Instructor o el Supervisor;

b)

La experiencia pedagógica consiste en el ejercicio de las funciones docentes.

Parágrafo

Los documentos que se presenten para acreditar experiencia deberán ser expedidos por el patrono o por autoridad competente de las respectivas entidades, en los casos en que el interesado haya tenido relación laboral de naturaleza legal, reglamentaria o contractual, o mediante declaraciones de terceros cuando se haya ejercido la profesión o actividad en forma independiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1505 de 1987