Articulo 7° Los colores de las estampillas se usaran para distinguir con ellas los artículos que amparan con la siguiente asignación
Amarillo, Para los licores nacionales y aguardientes de 375 c. c.
Verde, licores nacionales y aguardientes de 750 c. c.
Azul, licores nacionales y aguardientes de 375 c. c.
Rosado, para los licores extranjeros de 720 c. c.
Gris, pare los licores y vinos extranjeros de 750 c. c.
Anaranjado, para los licores y vinos extranjeros de 1.000 c. c.
Marrón, para los vinos nacionales.