°. Adición . Adiciónese la subsección 76 a la Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa , las cuales quedarán así: SUBSECCIÓN 76 MEDALLA MILITAR “SERVICIOS DISTINGUIDOS CENTENARIO BATALLÓN DE INTENDENCIA LAS JUANAS” Artículo 2.3.1.3.6.76.1. Origen . Créase la Medalla Militar “Servicios Distinguidos Centenario Batallón de Intendencia Las Juanas”, en categoría única, para premiar y estimular la abnegada labor de servicio. Esta medalla podrá conferirse, por una sola vez, al personal de oficiales, suboficiales, soldados profesionales, empleados públicos y trabajadores oficiales (servidores públicos) del Ejército Nacional que hayan contribuido con labores de suma importancia al progreso, fortalecimiento y alcance de los objetivos misionales del Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. Artículo 2.3.1.3.6.76.2. Características . La joya tiene la base de forma estrellada de 10 puntas color gris plata, con unas dimensiones de 70 mm de ancho por 70 mm de alto, la cual se encuentra sobre una placa dorada redonda, de 47 mm de ancho por 47 mm de alto. Al interior de la placa dorada se encuentra un águila desplegada de 67 mm de ancho por 30 mm de alto, sobre ella un grifo en posición rampante y por último en la parte superior el escudo de armas del Ejército Nacional. La joya penderá de una cinta de 40 mm de ancho por 55 mm de alto, dividida en tres fajas, gris en los laterales y rojo en el centro. En el reverso de la joya estará la imagen representativa de las mujeres patriotas que contribuyeron en la labor de independencia, conocidas como “Las Juanas”, en la parte superior se encontrará el número 100 y la palabra “AÑOS” y en la parte inferior la frase “TEJIENDO HISTORIAS”.
La miniatura o réplica será una medalla similar a la joya de la condecoración, pero reducida a un ancho de 24 mm y alto de 24 mm, suspendida por una cinta similar a la de la joya, de quince (15) milímetros de ancho por treinta y cinco (35) milímetros de largo.
La venera será un rectángulo de cuarenta (40) milímetros de alto, con los dispuestos de la misma cinta de la condecoración, y el centro de un águila desplegada de 18 mm de ancho y 08 mm de alto y un grifo en posición rampante, ambos de color dorado. Artículo 2.3.1.3.6.76.3. Consejo . El Consejo de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos Centenario Batallón de Intendencia Las Juanas” estará integrado así: Presidente: Comandante del Ejército Nacional. Vicepresidente: Comandante del Comando Logístico. Vocal: Comandante Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. Secretario: Ejecutivo y Segundo Comandante Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. Artículo 2.3.1.3.6.76.4. Diploma . Será en papel opalina blanco, de las siguientes dimensiones: treinta y ocho (38) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho. Artículo 2.3.1.3.6.76.6. Requisitos . Además de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1 del Decreto número 1070 de 2015, para su otorgamiento se tendrán en cuenta los siguientes: a) Para personal militar
Ser Oficial, Suboficial, Soldado Profesional del Ejército Nacional que sean orgánicos del Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”.
Que durante los últimos tres años el citado personal no haya sido suspendido en el ejercicio de funciones y atribuciones.
Que durante los tres (3) últimos años el citado personal no tenga sanciones por autoridad disciplinaria.
Que durante los tres (3) últimos años el citado personal no posea condenas por la justicia penal militar o la ordinaria. b) Para los empleados públicos y trabajadores oficiales (servidores públicos) 1. Que el personal de Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales (Servidores Públicos) del Ejército Nacional estén desempeñando sus funciones en el Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. 2. Que durante los tres (3) últimos años el citado personal no haya sido suspendido en el ejercicio de funciones y atribuciones. 3. Que durante los tres (3) últimos años el citado personal no tenga sanciones por autoridad disciplinaria. c) Para el Personal Militar en uso de buen retiro. 1. Haber sido Oficiales y haber fungido como Comandante del Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. Artículo 2.3.1.3.6.76.5. Otorgamiento . La Medalla Militar “Servicios Distinguidos Centenario Batallón de Intendencia Las Juanas” será conferida una sola vez, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.6.3 del Decreto número 1070 del 26 de mayo de 2015, a quienes, en consideración del Consejo de la Medalla se hagan merecedores de esta distinción. Artículo 2.3.1.3.6.76.6. Imposición . La imposición de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos Centenario Batallón de Intendencia Las Juanas” se hará conforme con lo establecido en los artículos 2.3.1.3.1.4 y 2.3.1.3.3.4 del Decreto número 1070 del 26 de mayo de 2015. La primera imposición de esta medalla se realizará en la ceremonia de celebración de los 100 años de conmemoración a la creación del Batallón de Intendencia número 1 “Las Juanas”. Para esta ceremonia se conformarán destacamentos, de acuerdo con el reglamento ceremonial militar y estará precedida por el oficial de más alto rango de la guarnición, quien impondrá la condecoración.