Micelio

Artículo 2

Decreto 1332 de 1971 · Por el cual se dictan varias disposiciones en materia inmigratoria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El beneficio consagrado en el artículo anterior, no exime a los ciudadanos de Barbados portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales y ordinarios, de la estricta observancia de las leyes y reglamentos sobre inmigración, existentes en Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1332 de 1971