Subrogación de obligaciones . Aquellas tierras adquiridas con anterioridad a la vigencia de la Ley 812 de 2003, por el procedimiento de negociación voluntaria de que trata la Ley 160 de 1994, con subsidio del 70% del valor de la tierra, cuyos beneficiarios no hubieren pagado el porcentaje del 30% del crédito complementario y se encuentren en estado de abandono, serán recuperadas por el Incoder, efecto para el cual, además de hacer operar la condición resolutoria del subsidio, dicho Instituto podrá subrogarse en las obligaciones a cargo del beneficiario incumplido, con cargo a su presupuesto de compra de tierras.
Decreto 1250 de 2004 →Vigente
Artículo 20
Subrogación De Obligaciones
Decreto 1250 de 2004 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 160 de 1994 y 812 de 2003, en lo relativo al otorgamiento del subsidio integral a beneficiarios de programas de reforma agraria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.