Artículo cuarto. Destinase para el Ministerio de la Economía Nacional , y para los servicios de cámara de fumigación y demás .servicios dependientes de la Sanidad Vegetal y de la Inspección Portuaria Animal, un lote de terreno perteneciente; a la Nación situado en jurisdicción del Municipio de Buenaventura, de una superficie de cuatro mil metros cuadrados (4.000 m), y de un frente de ochenta metros (80 m.) por cincuenta metros (50 m) de fondo. Dicho lote se localizará oportunamente por él. Ministerio de la Economía y el Consejo de Ferrocarriles en sitio adecuado, en la nueva zona que quedará detrás de la actual prolongación del muelle de Buenaventura, entre las carboneras y el apartadero de carros vacíos, frente a las bodegas de depósito.
Decreto 2493 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2493 de 1947 · por el cual se modifica el Decreto número 2079 de 1939, y se hacen unas destinaciones en Buenaventura para el Ministerio de la Economía Nacional, y para el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.