Micelio

Artículo 1135

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la demanda para que se decrete la partición material de la cosa común, o la venta para repartir su producto, se le da traslado al demandado por el término de tres días.

Con la demanda debe presentar el demandante la prueba de que es comunero que, si consiste en un TITULO registrado, ha de ser completada con el certificado del Registrador de instrumentos públicos sobre la suficiencia de él.

En los casos previstos en el artículo 1379 del Código Civil, la demanda debe ir acompañada de la prueba de haberse obtenido la licencia judicial correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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