Micelio

Artículo 19

Contenido Del Acuerdo Anticipado De Precios

Decreto 3030 de 2013 · por el cual se reglamentan los artículos 260-1, 260-2, 260-3, 260-4, 260-5, los parágrafos 2° y 3° del artículo 260-7, los artículos 260-9, 260-10, 260-11 y 319-2 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del Acuerdo Anticipado de Precios. El Acuerdo Anticipado de Precios contendrá como mínimo

a)

Lugar y fecha de suscripción;

b)

Identificación del contribuyente que lo suscribe;

c)

Motivos por los cuales la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales aprueba la propuesta;

d)

Obligaciones del solicitante derivadas de la aplicación del Acuerdo;

e)

Los supuestos fundamentales del Acuerdo que sustentan la metodología aplicada;

f)

Descripción de cada uno de los tipos de operación a los que se refiere el Acuerdo;

g)

Moneda o monedas en que se realizan las operaciones;

h)

Metodología adoptada para la determinación de los precios de transferencia para las operaciones que cobija;

i)

Periodos gravables en los que surte efectos el Acuerdo;

j)

Las pautas que permitan determinar con antelación una divergencia razonable en los supuestos establecidos;

k)

Causales que dan lugar a su cancelación o terminación; 1) Compromiso de remisión de informe dirigido al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el que se demuestre la conformidad de sus precios de transferencia con las condiciones previstas en el Acuerdo; m) Firma de las partes intervinientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3030 de 2013