Contenido del Acuerdo Anticipado de Precios. El Acuerdo Anticipado de Precios contendrá como mínimo
Lugar y fecha de suscripción;
Identificación del contribuyente que lo suscribe;
Motivos por los cuales la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales aprueba la propuesta;
Obligaciones del solicitante derivadas de la aplicación del Acuerdo;
Los supuestos fundamentales del Acuerdo que sustentan la metodología aplicada;
Descripción de cada uno de los tipos de operación a los que se refiere el Acuerdo;
Moneda o monedas en que se realizan las operaciones;
Metodología adoptada para la determinación de los precios de transferencia para las operaciones que cobija;
Periodos gravables en los que surte efectos el Acuerdo;
Las pautas que permitan determinar con antelación una divergencia razonable en los supuestos establecidos;
Causales que dan lugar a su cancelación o terminación; 1) Compromiso de remisión de informe dirigido al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el que se demuestre la conformidad de sus precios de transferencia con las condiciones previstas en el Acuerdo; m) Firma de las partes intervinientes.