º Del valor total de los auxilios ordinarios que la Nación da a las Universidades, se destinará el cinco por ciento (5%) para la constitución y funcionamiento inicial del fondo universitario Nacional.
Decreto 3686 de 1954 →Vigente
Artículo 2
Del Valor Total De Los Auxilios Ordinarios Que La Nación Da A Las Universidades, Se Destinará El Cinco Por Ciento (5%) Para La Constitución Y Funcionamiento Inicial Del Fondo Universitario Nacional
Decreto 3686 de 1954 · por el cual se provee el desarrollo de las Universidades colombianas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.