Micelio

Artículo 72

Ley 63 de 1905 · Sobre división territorial y organización judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 72. Deróganse la Ley 118 de 1890 ; artículos 8°, 9.° y 39 de la Ley 105 de 1892 ; 1.°, 2.°, 5

6.° y 9.° de la Ley 113 de 1896 ; 1.°, 2°, 5.° y 6.° de la Ley 171 de 1896 ; 2.° de la Ley 52 de 1904 ; el artículo 107 de la 147 de 1888, y cualquiera otra disposición legal que se oponga á la ejecución de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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