Micelio

Artículo 12

Oficina De Tecnologías De Información

Decreto 2094 de 2016 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Tecnologías de Información. Son funciones de la Oficina de Tecnologías de Información, las siguientes

1.

Desarrollar lineamientos, en materia tecnológica, necesarios para definir políticas, estrategias y prácticas que soporten la gestión del Sector en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios.

2.

Garantizar la aplicación, en el Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, de los estándares, buenas prácticas y principios para el suministro de la información a cargo del Sector.

3.

Elaborar el plan institucional y orientar la elaboración del plan estratégico sectorial en materia de información.

4.

Formular y aplicar los lineamientos y procesos de infraestructura tecnológica del Departamento en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición, operación y mantenimiento.

5.

Asesorar al Director del Departamento en la definición de los estándares de datos de los sistemas de información y de seguridad informática de competencia del Departamento relativos a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

6.

Definir lineamientos tecnológicos para el cumplimiento de estándares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad de la información del Sector y la interoperabilidad de los sistemas que la soportan, así como el intercambio permanente de información.

7.

Elaborar el mapa de información sectorial que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de producción de información del Sector y del Departamento.

8.

Promover aplicaciones, servicios y trámites en línea para uso de los servidores públicos, ciudadanos y otras entidades, como herramientas de buen gobierno.

9.

Proponer las políticas de seguridad informática y de la plataforma tecnológica del Departamento Administrativo, definiendo los planes de contingencia de la plataforma tecnológica y supervisando su adecuada y efectiva aplicación.

10.

Diseñar e implementar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para brindar de manera constante y permanente un buen servicio al ciudadano.

11.

Participar en el seguimiento y evaluación de las políticas, programas e instrumentos relacionados con la Información Pública.

12.

Dirigir y orientar el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos del Departamento.

13.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Dependencia.

14.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2094 de 2016