De conformidad con el artículo 6° del Decreto número 1650 de 2014, los servidores que ocupaban los empleos de Alto Consejero Presidencial, Código 1180 y Secretario de Prensa Código 1160 en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y accedieron a los empleos de Consejero Presidencial, Código 1175 o Director de la Presidencia Código I o II del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, continuarán con la remuneración mensual que percibían a 31 de diciembre de 2014, reajustada en el 4.66% y con los demás beneficios salariales y prestacionales que se les viene reconociendo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.
Decreto 1086 de 2015 →Vigente
Artículo 13
Decreto 1086 de 2015 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.