Micelio

Artículo 54

Las Controversias Que Suscite La Aplicación De La Ley Entre Patronos Y Trabajadores; Entre El Instituto Y Las Cajas; Entre El Instituto O Las Cajas, Por Una Parte, Y Los Patronos, Asegurados O Beneficiarios, Por La Otra, En Razón Del Seguro Social, Y Que No Versen Sobre Multas Impuestas Por Las Instituciones Que Lo Administran, Serán De Competencia De La Justicia Del Trabajo, Una Vez Agotado El Procedimiento Interno

Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las controversias que suscite la aplicación de la ley entre patronos y trabajadores; entre el Instituto y las Cajas; entre el Instituto o las Cajas, por una parte, y los patronos, asegurados o beneficiarios, por la otra, en razón del seguro social, y que no versen sobre multas impuestas por las instituciones que lo administran, serán de competencia de la Justicia del Trabajo, una vez agotado el procedimiento interno.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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