Micelio

Artículo 13

Subdirección De Gestión De Recursos Financieros

Decreto 4048 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Gestión de Recursos Financieros.

Son funciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Financieros, además de las dispuestas en el artículo 38 del presente decreto las siguientes:

1.

1. Orientar y coordinar la definición y aplicación de la política y estrategias de financiamiento y gasto de la DIAN;

2.

2. Administrar los recursos presupuestales y financieros de acuerdo con lo establecido en el Plan Estratégico Institucional y presupuesto anual de rentas y gastos;

3.

3. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de rentas y gastos, así como la distribución presupuestal y el Programa Anual de Caja de la Entidad;

4.

4. Suministrar los recursos presupuestales y financieros necesarios para la ejecución del Plan Estratégico Institucional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales;

5.

5. Administrar las operaciones financieras, contables, de tesorería y presupuesto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

6.

6. Rendir la cuenta consolidada de la función pagadora, de ingresos generados por la Entidad, de la contabilidad comercial y del Programa de Promoción e Incentivos al Desempeño de la DIAN ante el Contador General de la Nación;

7.

7. Recibir y tramitar las cuentas de cobro presentadas ante la DIAN, efectuar los pagos y expedir las certificaciones respectivas;

8.

8. Elaborar y presentar los estados financieros de la Entidad ante la Contaduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y demás entidades que lo requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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