Micelio

Artículo 7

º El Artículo 50 Del Decreto 256 De 1994 Quedará Así: Artículo 50

Decreto 805 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 256 del 28 de Enero de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7 º El artículo 50 del Decreto 256 de 1994 quedará así: Artículo 50. Al empleado inscrito en la carrera administrativa que cambie de empleo por ascenso, traslado o incorporación le será actualizada su inscripción en el escalafón. Para este trámite la unidad de personal correspondiente enviará a la respectiva Comisión del Servicio Civil el formulario que para el efecto se establezca, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha de posesión en el nuevo empleo. Cuando el ascenso se haya efectuado mediante nombramiento en período de prueba, deberá enviarse dicho formulario dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que la calificación de servicios haya quedado en firme.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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