Micelio

Artículo 106

Forma De Disponer Destinaciones, Traslados Y Comisiones

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Forma de disponer destinaciones, traslados y comisiones. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, se dispondrán en la siguiente forma

a)

Por Decreto del Gobierno: 1) Destinaciones y traslados para Oficiales Generales y de Insignia En todos los casos. 2) Destinaciones y traslados para Oficiales que desempeñen cargos que conlleven jurisdicción y competencia, de acuerdo con el Código de Justicia Penal Militar. 3) Comisiones para Oficiales y Suboficiales al exterior, superiores a noventa (90) días. 4) Comisiones superiores a noventa (90) días en el exterior, a lugares diferentes de su sede. 5) Comisiones dentro del país mayores' de noventa (90) días, para Oficiales Generales y de Insignia. 6) Comisiones para Oficiales superiores en la Administración Pública o en Entidades Oficiales o Privadas.

b)

Por Resolución Ministerial: 1) Destinaciones y traslados para Oficiales superiores en todos los casos en que no se requiera decreto. 2) Comisiones al exterior para Oficiales y Suboficiales hasta por noventa (90) días. 3) Comisiones hasta por noventa (90) días en el exterior, a lugares diferentes a su sede. 4) Comisiones en el país para Oficiales Generales y de Insignia superiores a veinte (20) días y no mayores de noventa (90). 5) Comisiones en el país para Oficiales superiores en reparticiones militares, cuando excedan de noventa (90) días. 6) Comisiones para Oficiales subalternos y Suboficiales en la Administración Pública o entidades oficiales o privadas.

c)

Por Orden Administrativa del Comando General y de los Comandos de Fuerza: 1) Destinaciones y traslados de Oficiales subalternos y Suboficiales. 2) Comisiones en el país para Oficiales Generales y de Insignia hasta por veinte (20) días. 3) Comisiones en el país inferiores a noventa (90) días para Oficiales superiores. 4) Comisiones en el país para Oficiales subalternos y Suboficiales.

d)

Por Orden del Día de los Comandos: de Unidad Operativa: Comisiones en el país de Oficiales y Suboficiales del respectivo Cuartel General y de las Unidades y organismos subordinados hasta por diez (10) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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