Estadísticas y archivo clínica. Es un servicio dependiente de la sección de servicios paramédicos bajo la dirección del director de la clínica y coordinado con la sección de estadística de la Caja. Sus funciones son. a) el procesamiento analista y evaluación técnica de las historias clínica s; b) la conservación y archivo de todas las historias clínicas. c) la elaboración de estadísticas que permitan la investigación clínica de registros hospitalarios; d) la participación en la enseñanza y adiestramiento del personal médico y paramédico en relación con el registro y el uso de los datos de la historia clínica; e) el procesamiento y análisis de los datos estadísticas procedentes de la seccionales. Contará con el siguiente personal. 1.°. Estadístico quien será el jefe del servicio. 2.°. Auxiliares. Son funciones del jefe del servicio; a) elaborar el proyecto de reglamento interno el cual será sometido a la dirección de la Caja; b) controlar la buena elaboración de la historia clínicas. c) solicitar a las secciones copia de las historias clínicas de los afiliados y los datos estadísticos que se consideren necesarios para programar y evaluar la marcha de los servicios.
Decreto 2205 de 1968 →Vigente
Artículo 82
Estadísticas Y Archivo Clínica
Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.