Micelio

Artículo 2

Ley 65 de 1968 · Por la cual se provee a la rehabilitación y desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena, se crea la Junta de Fomento Bananero y la Corporación de Desarrollo de Urabá, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El capital del Fondo de Regulación de Precios estará formado por el aporte de quince millones de pesos que por una sola vez hará el Gobierno Nacional y por el aporte de los exportadores y productores que será hasta el 2 por ciento del valor de la fruta FOB puerto de exportación y, asimismo, por los demás ingresos que el Fondo obtenga para el desarrollo de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 65 de 1968