º De las sumas depositadas en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior, sólo podrá hacer uso la Junta para atender, al pago de las reparaciones de la barca y , para la reposición de la misma, previo el cumplimiento de las formalidades que para el efecto fije la Contraloría Departamental del Tolima. Comuníquese y publíquese.
Decreto 274 de 1949 →Vigente
Artículo 3
De Las Sumas Depositadas En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Sólo Podrá Hacer Uso La Junta Para Atender, Al Pago De Las Reparaciones De La Barca Y , Para La Reposición De La Misma, Previo El Cumplimiento De Las Formalidades Que Para El Efecto Fije La Contraloría Departamental Del Tolima
Decreto 274 de 1949 · Por el cual se adiciona el Decreto 2429 de 1946, reglamentario del artículo 5º de la Ley 121 de 1941
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.