Además de los que determinen los estatutos, la calidad de afiliado a una organización de acción comunal, se perderá por:
Apropiación, retención o uso indebido de los bienes, fondos, documentos, libros o sellos de la organización;
Uso arbitrario del nombre de la organización comunal para campañas políticas o beneficio personal;
Por violación de las normas legales y estatutarias.
La sanción procederá una vez exista un fallo de instancia competente, previo debido proceso.
NORMAS COMUNES
De la dirección, administración y vigilancia