Micelio

Artículo 26

Desafiliación

Ley 743 de 2002 · por la cual se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de los que determinen los estatutos, la calidad de afiliado a una organización de acción comunal, se perderá por:

a)

Apropiación, retención o uso indebido de los bienes, fondos, documentos, libros o sellos de la organización;

b)

Uso arbitrario del nombre de la organización comunal para campañas políticas o beneficio personal;

c)

Por violación de las normas legales y estatutarias.

Parágrafo

La sanción procederá una vez exista un fallo de instancia competente, previo debido proceso.

NORMAS COMUNES

De la dirección, administración y vigilancia

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 743 de 2002