La carta de naturaleza se solicitara del Poder Ejecutivo, por conducto de la Gobernación en donde resida en interesado por medio de un memorial en que el solicitante manifieste de que Estado es nativo y de que Gobierno es súbdito; y en caso de tener hijos menores de edad su patria potestad, el nombre, la edad, sexo de cada uno de ellos.
Ley 22 de 1936 →Vigente
Artículo 7
Solicitante Manifieste
Ley 22 de 1936 · por la cual se reforman y adicionan las disposiciones relativas a la naturalización de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.