Artículo segundo. Los bienes, rentas, fincas, valores, derechos y acciones de propiedad de la Comisaría del Putumayo pasarán a serlo de la nueva Intendencia, la cual sucederá a la Comisaría tanto en el activo como en el pasivo de la misma. Quedan incluidos en esta norma los aportes y auxilios de cualquier naturaleza que a favor de la Comisaría figuren en el Presupuesto Nacional vigente.
Decreto 150 de 1969 →Vigente
Artículo 2
Decreto 150 de 1969 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de la Intendencia del Putumayo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.