Art. 285. El Juez competente para conocer de la demanda por el escojo y la adquisición de tenencia es el de circuito donde se halle situado el inmueble.
Denuncio de obra nueva
Ley 105 de 1890 · Sobre reformas a los procedimientos judiciales
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 285. El Juez competente para conocer de la demanda por el escojo y la adquisición de tenencia es el de circuito donde se halle situado el inmueble.
Denuncio de obra nueva
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.