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Artículo 5

Funciones Del Director En El Proceso De Supresión

Decreto 4057 de 2011 · por el cual se suprime el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se reasignan unas funciones y se dictan otrasdisposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del director en el proceso de supresión. El Director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en supresión, adelantará el proceso de supresión dentro del marco señalado en el presente decreto, las demás normas vigentes y cumplirá las siguientes funciones especiales

1.

Adoptar las medidas necesarias para la administración, conservación y fidelidad de los archivos de la entidad y para garantizar la seguridad de los archivos de inteligencia, de conformidad con las normas vigentes.

2.

Contratar personas naturales o jurídicas para la realización de las diversas actividades propias del proceso de supresión, incluyendo la clasificación, ordenación, guarda y sistematización de la documentación de los archivos. En los contratos se deberán pactar cláusulas que garanticen la reserva de la información contenida en los archivos y establecer mecanismos que garanticen el manejo adecuado de la información.

3.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la entidad en supresión el cual deberá ser presentado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su aprobación y trámite correspondiente.

4.

Dar aviso a los registradores de instrumentos públicos y autoridades de tránsito y transporte para que dentro de los 30 días siguientes a la publicación del decreto de supresión informen sobre la existencia de folios o registros en los que la Nación - Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) figure como titular de bienes o de cualquier clase de derechos.

5.

Certificar la situación administrativa en la que se encuentren los servidores al momento de la incorporación a las plantas de personal de las entidades receptoras, tales como vacaciones, licencias, permisos o encargos y adelantar el trámite para la inscripción en el registro de carrera de los servidores que hayan superado el periodo de prueba.

6.

Reemplazar los servidores que se retiren del servicio y cuyo empleo sea estrictamente necesario para el desarrollo del proceso de supresión.

7.

Las demás funciones que le correspondan en el marco del presente decreto. CAPÍTULO III Disposiciones laborales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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