Micelio

Artículo 1

Decreto 330 de 1890 · En ejecución de la Ley 169 de 1887

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Créase una plaza de Cabo montado del Resguardo de las Salinas de Boyacá, con la asignación de cuarenta pesos mensuales ($ 40), y nómbrase para desempeñar la al Sr. Antonio Sandoval.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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