Micelio

Artículo 2.1.2.4.11

Redacción De La Parte Considerativa

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Redacción de la parte considerativa. Los considerandos se deben redactar como un conjunto claro, conciso y organizado de premisas constitucionales, legales, históricos y fácticas.

En las premisas incluidas en los considerandos se deben identificar y sostener los argumentos, motivos y razones jurídicas, políticas y de conveniencia que explican de forma razonable y coherente una tesis o conclusión sobre la necesidad, oportunidad, racionalidad y validez normativa abstracta de la regulación que se expide.

Debe existir coherencia lógica e instrumental entre las razones que se señalan como motivación de la normativa y las disposiciones sustanciales que la integran. Las disposiciones jurídicas deben ser coherentes frente a los fines y motivos que dan lugar a su producción.

No se deben transcribir las disposiciones normativas o jurisprudenciales que atribuyen la competencia o fundamentan la parte resolutiva en los considerandos.

Igualmente es necesario evitar que la motivación de un acto se realice, aunque solo sea parcialmente, mediante una simple remisión a la motivación de otro acto (motivaciones cruzadas).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015