VACACIONES. Los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad que disfruten de sus vacaciones percibirán al tiempo de su iniciación la prima vacacional correspondiente, sin descuentos para programas de recreación o bienestar. Sin embargo, los empleados que deseen continuar afiliados a la Promotora de Vacaciones y Recreación Social deberán autorizar, mediante escrito dirigido al Pagador General del Departamento los descuentos previstos con destino a esa entidad. Cuando la ley autorice la compensación de vacaciones en dinero, se reconocerá y pagará a los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad el equivalente a veinte (20) días de salario, por cada año de Servicio.
Decreto 2146 de 1989 →Vigente
Artículo 27
Decreto 2146 de 1989 · por el cual expide el régimen de administración de personal de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.