Micelio

Artículo 1.2.4.3.9

Celebración De Operaciones De Financiamiento

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Celebración de operaciones de financiamiento. Las operaciones de financiamiento de las que trata el literal b) del Artículo 62 de la Ley 2056 de 2020, que ejecute la entidad estatal designada en los términos del Artículo 1.2.4.3.5. del presente Decreto a través de patrimonios autónomos para efectos del adelanto de los recursos de la Asignación para la Paz, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del orden nacional con excepción de los conceptos previos del Departamento Nacional de Planeación, los cuales serán reemplazados por el acuerdo del OCAD Paz en que se evidencie la constitución de vigencias futuras para pagar las obligaciones contraídas mediante las operaciones de financiamiento y que el pago de dichas operaciones se atenderán con las vigencias futuras aprobadas. Estas operaciones no contarán con garantía de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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