Artículo sexto. El presente Decreto deroga el artículo 1 del Decreto 1269 de 1972, el artículo 1º del Decreto 676 de 1977 y el artículo 4º del Decreto 664 de 1979. Lo dispuesto en el artículo 1º de este Decreto se aplicará a partir de los balances correspondientes al mes de mayo de 1979. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Decreto 1412 de 1979 →Vigente
Artículo 6
Del Decreto 1269 De 1972, El Artículo 1º Del Decreto 676 De 1977 Y El Artículo 4º Del Decreto 664 De 1979
Decreto 1412 de 1979 · Por el cuales e interviene la actividad de las corporaciones de ahorro y vivienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.