Micelio

Artículo 107

El Departamento Administrativo De Seguridad, Al Registrar En Sus Archivos A Un Extranjero, Dejará Constancia De La Profesión U Oficio Autorizado

Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Administrativo de Seguridad, al registrar en sus archivos a un extranjero, dejará constancia de la profesión u oficio autorizado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2955 de 1980