Micelio

Artículo 70

Decreto 2137 de 1983 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección General de la Policía organizará, las Escuelas de Oficiales, Suboficiales y Agentes, teniendo en cuenta las normas generales previstas en este estatuto, con sujeción a la planta de personal fijada por el Gobierno. Igualmente seleccionará el personal para adelantar cursos de capacitación y especialización en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2137 de 1983