º La violación de lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado disciplinariamente de conformidad con las disposiciones legales.
Los usuarios ce los servicios públicos podrán presentar quejas y reclamos, por violación de lo dispuesto en el presente Decreto, ante el Ministro, Jefe, Director o Gerente del respectivo organismo o ante la Oficina de Inspección de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, para lo de su competencia.