De la sección tercera . Concepto de la autoridad evaluadora para diligenciar los numerales de esta sección se tiene en cuenta
Concepto sobre promoción (01): El evaluador debe expresar su concepto sobre la conveniencia o inconveniencia de la promoción del evaluado, con base en el conocimiento directo que sobre él posea en cuanto al tiempo de servicio, fecha de la última promoción, hoja de vida y condiciones para desempeñar el cargo.
Plan de acción acordado con el evaluado (02): Se incluyen aspectos y acciones que deben mejorarse de acuerdo al resultado de evaluación de la sección segunda; es necesario establecer fechas en las cuales se esperan alcanzar los resultados a corto o mediano plazo; sirve de base para la posterior evaluación en los aspectos acordados. En caso de traslado del evaluado se envía a la nueva autoridad evaluadora el extracto del plan acordado para que sirva como base de la siguiente evaluación.
Fecha, elaboración, evaluación y firma de la autoridad evaluadora (03): Para el registro de los datos relativos a fecha de elaboración, grado, cargo, firma postgrado, constancias del enterado y concepto de la autoridad evaluadora, se observa lo dispuesto en el artículo 65, literal c) del presente Reglamento.
Constancia del enterado (04): Incluye lugar y fecha, conformidad o interposición de reclamo, firma y postfirma del evaluado.