Micelio

Artículo 2

º La Competencia De Que Trata El Artículo 232 Del Decreto-Ley 100 De 1989, Por El Cual Se Reforma El Régimen Disciplinario Para La Policía Nacional, Se Entenderá Sin Perjuicio De Las Atribuciones Disciplinarias Prevalentes Que Le Confieren Al Procurador Delegado Para La Policía Nacional Los Artículos 8º Y 13 De La Ley 25 De 1974

Decreto 179 de 1989 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 25 de 1974 y el Decreto-ley 100 de 1989 y se derogan unas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La competencia de que trata el artículo 232 del Decreto-ley 100 de 1989, por el cual se reforma el Régimen Disciplinario para la Policía Nacional, se entenderá sin perjuicio de las atribuciones disciplinarias prevalentes que le confieren al Procurador Delegado para la Policía Nacional los artículos 8º y 13 de la Ley 25 de 1974.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 179 de 1989