Micelio

Artículo 1

El Comité Central De La Exposición, Organizado Por El Artículo 2° Del Decreto Citado, Lo Integrarán: El Señor Gobernador Del Departamento Del Atlántico, Quien Lo Presidirá; El Presidente De La Cámara De Comercio De Barranquilla, Como Vicepresidente; El Presidente De La Sociedad De Agricultores Y Ganaderos Del Atlántico; El Director De La Exposición Permanente De Barranquilla; El Administrador De Aduana De Barranquilla, Y El Administrador Del Ferrocarril De Barranquilla A Puerto Colombia

Decreto 622 de 1935 · Por el cual se reforma el artículo 2o del Decreto número 1934 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité Central de la Exposición, organizado por el artículo 2° del Decreto citado, lo integrarán: el señor Gobernador del Departamento del Atlántico, quien lo presidirá; el Presidente de la Cámara de Comercio de Barranquilla, como Vicepresidente; el Presidente de la Sociedad de Agricultores y Ganaderos del Atlántico; el Director de la Exposición permanente de Barranquilla; el Administrador de Aduana de Barranquilla, y el Administrador del Ferrocarril de Barranquilla a Puerto Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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