De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998 , y las demás leyes concordantes, el Gobierno Nacional reglamentará en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días contados a partir de la aprobación de la presente ley, las funciones del Consejo Directivo y del Director de la Agencia, así como los demás aspectos relacionados con el funcionamiento y operación de la misma.
Ley 1702 de 2013 →Vigente
Artículo 14
Funciones Para El Consejo Directivo Y Del Director De La Agencia Nacional De Seguridad Vial
Ley 1702 de 2013 · por la cual se crea la agencia nacional de seguridad vial y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.