Micelio

Artículo 3

Ley 217 de 1995 · por la cual se decretan unos traslados en la Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación de la presente Ley, efectuará los ajustes correspondientes en las fuentes de financiación de las apropiaciones y en el presupuesto de ingresos.

ARTICULO 4o. Autorízase al Gobierno Nacional para efectura, en el decreto de liquidadción a la presnte Ley, los ajustes correspondientes que reflejen sin duplicaciones el monto de los traslados aprobados. Igualmente excluirá los traslados cuyos contracréditos estén comprometidos en el momento de sancionar la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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