Micelio

Artículo 7

Toda Propuesta Para Servir Rutas Y Horario Deberá Contener, Además De Lo Señalado En Los Numerales 1, 2, 3 Y 4 Del Articulo Tercero De Este Decreto, Lo Siguiente: Estudio Mediante El Cual Se Demuestre La Necesidad De Autorizar Las Rutas Y Horarios Solicitados, En Consideración A Los Siguientes Factores: A) La Población De Los Principales Núcleos Urbanos Y Rurales De La Ruta, Lo Mismo Que El Estado De Las Comunicaciones Entre Ellos

Decreto 2558 de 1984 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de rutas y horarios por carretera de uso público del país, mediante permiso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Toda propuesta para servir rutas y horario deberá contener, además de lo señalado en los numerales 1, 2, 3 y 4 del articulo tercero de este Decreto, lo siguiente: Estudio mediante el cual se demuestre la necesidad de autorizar las rutas y horarios solicitados, en consideración a los siguientes factores

a)

La población de los principales núcleos urbanos y rurales de la ruta, lo mismo que el estado de las comunicaciones entre ellos.

b)

La oferta y demanda de transporte, determinadas estadísticamente por medio de conteos estacionarios, encuestas de origen-destino o rotación de la demanda para determinar el número de despachos necesarios y la hora de los mismos.' Esta información debe corresponder por lo menos a tres (3) días en condiciones normales de la demanda, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y teniendo en cuenta todas las empresas que cubran en cada sentido el recorrido de la ruta en estudio.

c)

Comparación de los horarios solicitados con los autorizados tanto en origen y destino como en tránsito, a fin de evitar duplicidad en ellos. Del análisis de estos factores, deberá concluirse la disponibilidad de horarios, teniendo en cuenta una utilización vehicular no inferior al 70%.

Parágrafo

Las empresas que se opongan deberán acompañar sus oposiciones, con argumentos técnicos y/o jurídicos que los justifiquen dentro del término señalado para las empresas solicitantes o proponentes, de acuerdo con el artículo sexto de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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