Micelio

Artículo 1

Bonificación De Actividad Judicial

Decreto 288 de 2024 · por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Bonificación de actividad judicial . A partir del 1° de enero de 2024, reajustar el valor de la bonificación de actividad judicial de que tratan los Decretos número 3131 y 3382 de 2005, así: Denominación del cargo Valor Bonificación Semestral Juez Penal del Circuito Especializado 16.901.145 Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado 16.901.145 Juez de Dirección o de Inspección 16.901.145 Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección 16.901.145 Procuradores Judiciales 1, adscritos a las Procuradurías delegadas ante la Corte Suprema de Justicia para la Casación e Investigación y Juzgamiento Penal. 16.901.145 Juez del Circuito 15.547.734 Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metro- politana 15.547.734 Fiscal ante Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana 15.547.734 Juez Municipal 15.081.164 Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 15.081.164 Juez de Instrucción Penal Militar 15.081.164 Fiscal ante Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 15.081.164 Fiscal Delegado ante Juez Penal de Circuito Especializado 12.263.901 Fiscal Delegado ante Juez Municipal y Promiscuo 11.846.821 Fiscal Delegado ante Juez del Circuito 11.385.874 En las mismas condiciones, tendrán derecho a percibir esta bonificación de actividad judicial, los Procuradores Judiciales I que desempeñen el cargo y que actúen de manera permanente como Agentes del Ministerio Público ante los servidores que ocupan los empleos señalados en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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