Micelio

Artículo 23

La Carrera Administrativa Tiene Por Objeto Principal Garantizar La Eficiencia De La Organización Y Ofrecer Igualdad De Oportunidades Para El Ingreso Al Servicio De La Universidad Nacional

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Carrera Administrativa tiene por objeto principal garantizar la eficiencia de la organización y ofrecer igualdad de oportunidades para el ingreso al servicio de la Universidad Nacional. Igualmente, tiene por objeto garantizar la estabilidad de los empleados en sus cargos mientras estén cumpliendo a cabalidad con sus deberes y brindarles posibilidad de promoción o ascenso de acuerdo con sus méritos y capacidades. Con el fin de alcanzar estos objetivos, el ingreso, la permanencia y el ascenso Se fundamentarán en los méritos personajes del individuo, en su competencia, rendimiento y cualidades morales, sin tener en cuenta para ello la filiación política, el credo religioso, la condición económica, social o de raza.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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