Articulo 8.º Semestralmente el Comité Nacional de Cafeteros revisará las proyecciones del Fondo Nacional del Café con el fin de hacer los ajustes que se consideren necesarios al presente acuerdo.
Decreto 460 de 1977 →Vigente
Artículo 8
Semestralmente El Comité Nacional De Cafeteros Revisará Las Proyecciones Del Fondo Nacional Del Café Con El Fin De Hacer Los Ajustes Que Se Consideren Necesarios Al Presente Acuerdo
Decreto 460 de 1977 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Conferencia Cafetera Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.