Micelio

Artículo 19

Ley 1 de 1931 · Por la cual se crea el Departamento Nacional de Higiene y Asistencia Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director Jefe del Departamento con la cooperación de los Jefes de Sección procederá a la mayor brevedad al estudio y redacción de un proyecto de Código Sanitario que abarque toda la legislación sanitaria existente y sea sometida a la aprobación del poder ejecutivo.

Parágrafo

El Director Jefe del Departamento dictara las medidas conducentes para establecer la "lucha contra las enfermedades venéreas," teniendo en cuenta los conceptos científicos modernos sobre la materia. Las disposiciones que dicte serán actos de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades y del público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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