El Director Jefe del Departamento con la cooperación de los Jefes de Sección procederá a la mayor brevedad al estudio y redacción de un proyecto de Código Sanitario que abarque toda la legislación sanitaria existente y sea sometida a la aprobación del poder ejecutivo.
El Director Jefe del Departamento dictara las medidas conducentes para establecer la "lucha contra las enfermedades venéreas," teniendo en cuenta los conceptos científicos modernos sobre la materia. Las disposiciones que dicte serán actos de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades y del público.